Ordenan liberar a una mujer al aplicar la perspectiva de géner

Una joven de 24 años, que estaba detenida desde el 24 de abril pasado tras apuñalar a su pareja en Berazategui, fue liberada por decisión de un juez que consideró que el caso no había sido analizado con perspectiva de género. El magistrado de todos modos sostuvo que la mujer seguirá imputada hasta que se determine qué sucedió.

La joven beneficiada es Belén Nani, que llevaba casi nueve meses detenida luego de apuñalar a su pareja, Daniel Arias, con quien convivía en Dardo Rocha al 1700, partido de Berazategui. El hecho ocurrió el 24 de abril de 2022, tras una fuerte discusión que había mantenido la pareja, durante la cual, la mujer le clavó un cuchillo de cocina en el pecho. Nani llamó a su suegro, el padre de la víctima, pidiéndole ayuda, y fue él quien lo trasladó al hospital Evita Pueblo, de la misma localidad, donde se determinó que había fallecido.

Inicialmente, la fiscal Gabriela Matos, de la UFI 3 de Berazategui, había pedido la prisión preventiva por homicidio agravado por el vínculo, y el juez de Garantías 7 de la misma jurisdicción, Gustavo Mora, hizo lugar a la solicitud. Desde entonces, Nani estuvo presa, hasta que durante la feria judicial, otro juez de Garantías, ahora el 6 de Florencio Varela, Diego Agüero, consideró que el caso no había sido analizado con perspectiva de género y que  presuntivamente Nani había actuado en legítima defensa. Para tomar la decisión, Agüero mantuvo una entrevista con la imputada, en la que escuchó su versión. Nani sostuvo en esa audiencia que Arias “era una persona muy celosa, que no permitía que usara el teléfono celular”, que era adicto a las drogas, que “todo era una pelea constante” y que él la golpeaba, y hasta “la había mordido en la cara”.

También describió cómo ocurrió todo el día del hecho. Sostuvo que Arias la estaba insultando en una escena habitual de celos, y empezó a golpearla e intentó ahorcarla, y ella entonces tomó un cuchillo y se lo clavó en el pecho, del lado izquierdo, provocándole una herida mortal.

La defensora oficial Mercedes Bussola sostuvo pidió que se analizaran las fotos que mostraban las marcas en el cuerpo de la mujer “que dan cuenta de los golpes físicos que ha recibido Belén Nani por parte de Arias”, entre ellos, “marcas en sus brazos, piernas, e incluso una mordida en la mejilla lesionando la piel y provocando desprendimiento tejido cutáneo”. Bussola también pidió que se tomaran en cuenta los chateos de la pareja en las redes, “de los cuales surge la relación violenta y tóxica por parte de Arias hacia Nani”. Además presentó los testimonios de Ezequiel, hermano de Belén, y una testigo, Romina Cataldo, quienes sostuvieron la versión de la acusada.

El juez Agüero consideró «una desprolijidad que no se hiciese un examen médico exhaustivo sobre Belén Nani al momento del hecho», y sostuvo que no obstante tardíos, los peritajes que pidió la defensa permitieron reunir pruebas.

En el fallo, el magistrado consideró que Nani había «actuado con legítima defensa dentro de un marco de violencia de género” y ordenó a las autoridades de la Unidad 33 del Servicio Penitenciario Bonaerense su inmediata libertad.

Y sostuvo que «juzgar con perspectiva de género no es una opción. Juzgar con perspectiva de género es una obligación de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.»

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